ELECCIONES 2025: DIEGO SANTILLI REEMPLAZARÁ A JOSÉ LUIS ESPERT EN LA LISTA DE LA LIBERTAD AVANZA

La Cámara Nacional Electoral revocó el fallo de Ramos Padilla y dispuso que Diego Santilli ocupe el lugar de José Luis Espert por la Ley de Paridad de Género.
Elecciones 2025: Diego Santilli encabezará la lista de La Libertad Avanza en reemplazo de Espert
A pocos días de las elecciones legislativas del domingo 26 de octubre, la Cámara Nacional Electoral (CNE) revocó el fallo del juez federal Alejo Ramos Padilla y determinó que Diego Santilli ocupará el lugar de José Luis Espert en la lista de candidatos a diputados nacionales por La Libertad Avanza (LLA) en la provincia de Buenos Aires.
La decisión del tribunal se basó en la Ley de Paridad de Género (N° 27.412) y su decreto reglamentario, que establecen que los reemplazos de candidaturas deben realizarse por personas del mismo género. Dado que Espert es varón, el cargo no podía ser ocupado por Karen Reichardt, quien había sido designada inicialmente por el juez Ramos Padilla.
“El reemplazo debe respetar el género del candidato original para garantizar la paridad en las listas”, sostuvo la CNE en su fallo, que revocó la autorización previa otorgada a Reichardt.
Las boletas mantendrán la imagen de Espert
Si bien Santilli asumirá formalmente el lugar de Espert, la Justicia Electoral rechazó la reimpresión de las boletas, por lo que la imagen del economista libertario continuará figurando en las papeletas oficiales.
Según los informes técnicos, las 14 millones de Boletas Únicas de Papel ya fueron impresas y verificadas. Una reimpresión, explicaron, “interrumpiría la logística vigente”, implicaría un costo superior a 12.000 millones de pesos y retrasaría al menos nueve días el cronograma electoral, afectando la distribución del material en todo el país.
Críticas al juez Ramos Padilla
La CNE cuestionó duramente la actuación del juez Ramos Padilla, señalando que se apartó de la normativa vigente con una interpretación “subjetiva” al declarar la inconstitucionalidad de la Ley de Paridad de Género sin fundamentos suficientes.
El tribunal también remarcó que el magistrado ignoró jurisprudencia consolidada y aplicó erróneamente un fallo vinculado a la categoría de senadores nacionales, que no resultaba pertinente para el caso.
“La Cámara reafirma su compromiso con la igualdad real de oportunidades entre mujeres y varones en el acceso a cargos públicos electivos”, expresó el fallo.
Con esta decisión, el tribunal ratificó la plena vigencia de los criterios de paridad electoral y sentó un precedente importante de cara a los próximos comicios legislativos.
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