BRASIL: BOLSONARO QUEDA HABILITADO PARA CUMPLIR SU CONDENA POR GOLPISMO

BRASIL: BOLSONARO QUEDA HABILITADO PARA CUMPLIR SU CONDENA POR GOLPISMO

El Supremo Tribunal Federal declaró cosa juzgada el proceso contra Jair Bolsonaro, quien ya puede comenzar a cumplir su condena por tentativa de golpe.

El Supremo Tribunal Federal (STF) de Brasil declaró este martes que el proceso contra el expresidente Jair Bolsonaro (2019-2022) por tentativa de golpe de Estado es cosa juzgada, lo que habilita el inicio inmediato del cumplimiento de su pena en prisión.

El relator del caso, el juez Alexandre de Moraes, afirmó que el exmandatario comenzará a cumplir su condena en la Superintendencia de la Policía Federal, en Brasilia. Bolsonaro fue trasladado allí de forma preventiva el sábado pasado por un presunto intento de fuga, según informó la agencia Xinhua.

El STF también dio por cerrado el proceso para otros dos condenados: el diputado federal Alexandre Ramagem, exdirector de la Agencia Brasileña de Inteligencia, y Anderson Torres, exministro de Justicia durante el gobierno de Bolsonaro.

 

La condena: 27 años y tres meses

En septiembre, el STF condenó al expresidente a 27 años y tres meses de prisión, en régimen inicial cerrado, por liderar una organización criminal destinada a impedir la toma de posesión de Luiz Inácio Lula da Silva y subvertir el Estado democrático de Derecho.

Bolsonaro negó haber intentado fugarse y sostuvo que el episodio de desconexión de su tobillera electrónica fue consecuencia de medicamentos psiquiátricos.

 

Condiciones de detención especiales

Por su condición de expresidente, la jurisprudencia brasileña le garantiza el derecho a cumplir la pena en una sala especial, separado del resto de los detenidos. Por este motivo, se prevé que permanezca en dependencias de la Policía Federal.

 

Últimos recursos y cierre del caso

En teoría, las defensas de los acusados podían presentar hasta el fin de semana embargos de infracción, uno de los pocos recursos con capacidad de modificar la condena. Sin embargo, según el criterio consolidado del STF, este recurso solo procede cuando al menos dos magistrados votan a favor de la absolución, algo que no ocurrió en el juicio de septiembre.

Por esta razón, el STF consideró que los embargos no son admisibles y declaró el proceso como cosa juzgada, cerrando definitivamente la vía judicial para el expresidente y los demás condenados.