EN LA CIUDAD DE SAN LUIS CAPITAL TAMBIÉN SE SUSPENDEN REUNIONES Y ACTIVIDADES COMO NUEVAS MEDIDAS DE PREVENCIÓN ANTE EL CORONAVIRUS

EN LA CIUDAD DE SAN LUIS CAPITAL TAMBIÉN SE SUSPENDEN REUNIONES Y ACTIVIDADES COMO NUEVAS MEDIDAS DE PREVENCIÓN ANTE EL CORONAVIRUS

Se suspenden las reuniones o actividades artísticas, musicales, deportivas, recreativas o festivas. Además, se restringe al 50 por ciento la ocupación en locales como café, confiterías, bares, restaurantes y patios de comidas. La vigencia de la medida es hasta el 31 de marzo.

Atento a las medidas que se vienen aplicando en todo el país, el intendente, Sergio Tamayo dispuso nuevas medidas para prevenir la circulación del Coravid-19 (Coronavirus) en la ciudad de San Luis. Las medidas comprenden hasta el 31 de marzo.

Mediante el Decreto N° 172, firmado este martes, “se suspenden las reuniones o actividades -de carácter eventual o permanente- artísticas, musicales, deportivas, recreativas o festivas, y aquellas que puedan convertirse rápidamente en amenazas para la seguridad sanitaria”, a realizarse en: discotecas, confiterías, baile, teatros, cines, salones de fiestas y eventos, peloteros, salas de juego, gimnasios, circos, parques de diversiones, canchas de fútbol, casinos; dispuestos en lugares públicos o privados; cerrados y/o a cielo abierto.

No son decisiones fáciles, pero tenemos que tomarlas para cuidar la Ciudad frente a esta pandemia del corona virus”, dijo el intendente.

Al respecto, agregó que “frente a esta emergencia sanitaria, que atraviesa el país, se suman medidas de prevención para todo el sector público y los establecimientos privados”. Y concluyó: “Tenemos que cuidarnos, entre todos, y solidariamente”.

Restricción al 50 por ciento

El decreto del jefe comunal establece, además, la restricción de la capacidad de ocupación en un 50 por ciento en locales comerciales y de servicios, tales como: café, confiterías, bares, restaurantes, patio de comidas, y en todos los que se presten servicios similares que permitan la concentración de personas.

En dichos establecimientos, y todos los que tengan atención al público, “deberán arbitrarse los medios prevención que indican respetar una distancia prudente de 1 metro cuadrado, entre los clientes; y las medidas de higiene y prevención permanente y obligatoria”.