EL FERIADO LARGO DEL 17 DE AGOSTO, CONSIDERADO NO LABORABLE CON FINES TURÍSTICOS

EL FERIADO LARGO DEL 17 DE AGOSTO, CONSIDERADO NO LABORABLE CON FINES TURÍSTICOS

Este año el feriado cae sábado y según la legislación vigente, no es trasladable. No obstante, habrá un fin de semana largo, ya que se declaró el lunes 19 como día no laborable con fines turísticos.

Al ser considerado feriado no laborable con fines turísticos, solo aquellos que, por su actividad, podrán aprovechar para viajar o desarrollar actividades recreativas, ya que, por ejemplo, para el caso del comercio, el feriado es optativo.

Después de las elecciones PASO (Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias) del domingo 11 de agosto habrá un nuevo fin de semana largo, pero no para todos, ya que el lunes 19 -dos días después del feriado nacional del 17 de agosto- fue declarado como un día no laborable con fines turísticos.

Hay que recordar que el 17 de agosto, este año cae sábado, sí es feriado nacional al cumplirse un nuevo aniversario del fallecimiento del general San Martín. Pero, ya no es trasladable.

Al ser considerado feriado no laboral con fines turísticos, solo aquellos que, por su actividad, podrán aprovechar para viajar o desarrollar actividades recreativas porque, por ejemplo, para el caso del comercio, el feriado es optativo. Se trata de un feriado nacional que este año cae sábado y, según la legislación vigente, no es trasladable.

Años anteriores, este tipo de días que extendían el fin de semana se consideraban "feriados puente" e incluso a quienes trabajaban se les abonaba como un feriado. Ahora la legislación cambió y se trata, de acuerdo con lo que indica el calendario oficial de Gobierno de un "día no laborable con fines turísticos", que no es lo mismo que un feriado. Esto implica que las empresas tienen la potestad de determinar si les da o no el día libre a sus empleados.

La diferencia entre un feriado un día no laborable queda clara en la Ley de Contratos de Trabajo: "En los días feriados nacionales rigen las mismas normas legales que sobre el descanso dominical", por lo que "en caso de ser trabajado se recompensará con un 100 por ciento más la remuneración habitual".

En tanto, en los días no laborables "el trabajo será optativo para el empleador", salvo en la administración pública nacional, provincial y municipal. Quienes trabajan en estos sectores, así como en bancos y en seguros sí tendrán libre el 19 de agosto.

De este modo, en el ámbito privado el día "no laborable" queda supeditado a la voluntad del empleador.