SALTA: NO HABRÁ AUMENTO DEL BOLETO

Luego de un amparo que se presentó en la Justicia. Tal como se reseña en la página web del Poder Judicial de la Provincia de Salta, la jueza de Minas María Victoria Mosmann hizo lugar al amparo colectivo presentado por la Asociación Civil Usuarios y Consumidores Unidos y declaró la inconstitucionalidad de las Resoluciones 411/18 y 412/18 de la AMT por lo que quedan sin efecto los aumentos que estaban dispuestos allí.
En dicha resolución se desestimó la pretensión subsidiaria de restitución a todas aquellas personas afectadas por los aumentos considerando el momento a partir del cual producirá sus efectos la sentencia.
En el proceso la Autoridad Metropolitana de Transporte solicitó que el planteo se declare abstracto, “por entender que el aumento del boleto de colectivo dispuesto por la Resolución Nº 412/18, había sido superado por la inflación del corriente año”, aspecto que fue rechazado por la jueza aunque remarcando que “adoptar una decisión con efectos retroactivos pondría en grave riesgo de continuidad al servicio público de transporte de pasajeros afectando de modo directo al mismo grupo que en el presente se pretende proteger”.
Recordemos, que la empresa de transporte de Saeta, tenía pensado aumentar el boleto el día domingo 1 de Diciembre a $26. Luego del amparo presentado en la justicia, la flota de colectivos no podrá hacerlo.
“La protección del usuario y el interés público son el norte del presente proceso, y en ese contexto no puede dejar de observarse que son esencialmente los trabajadores, así como los estudiantes, y jubilados quienes emplean cotidianamente el transporte público de pasajeros, y es la continuidad plena de la prestación del servicio la que preocupa en esta instancia decisiva”, así lo expresaba la jueza.
En el trámite se presentó y fue admitida como “amicus curiae” la Comisionada Defensora del Pueblo de la Ciudad de Salta María Frida Fonseca Lardies. “Si en los procesos colectivos los jueces somos llamados a dar una solución al conflicto planteado que excede a los litigantes presentes en el trámite, debe ampliarse la base de participación ciudadana en el proceso como forma de garantía del sistema republicano democrático. Los amicus resultan ser el formato que la jurisprudencia y legislación en nuestro país han elegido desde hace ya más de una década, para sortear la complejidad que surge del especial rol que desempeña el Poder Judicial al dictar fallos con vocación regulatoria emergentes de procesos trascendentes”, señaló la jueza Mosmann.
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