Se promulgó la Ley de Modernización Laboral y ya rige en Argentina

Se promulgó la Ley de Modernización Laboral y ya rige en Argentina

El Gobierno promulgó la Ley de Modernización Laboral. Cambia indemnizaciones, jornada laboral, vacaciones, sindicatos y crea incentivos para formalizar empleo.

El Gobierno nacional promulgó la Ley de Modernización Laboral, que comenzó a regir desde la madrugada de este viernes tras su publicación en el Boletín Oficial. La norma introduce cambios en indemnizaciones, jornada laboral, negociación colectiva, funcionamiento sindical y políticas para formalizar empleo.

La medida fue registrada como Ley Nº 27.802 y se formalizó mediante el Decreto 137/2026, firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello.

“En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la Constitución Nacional, promúlgase la Ley Nº 27.802 sancionada por el H. Congreso de la Nación en su sesión del día 27 de febrero de 2026”, señala el decreto publicado oficialmente.

La normativa fue aprobada durante el período de sesiones extraordinarias del Congreso y quedó estructurada en 25 capítulos, luego de revisiones que derivaron en la eliminación de los artículos que proponían modificar el régimen de licencias médicas.

Cambios en indemnizaciones y salarios

Uno de los puntos centrales de la reforma es la modificación del sistema de indemnizaciones por despido.

El nuevo esquema establece que la indemnización no podrá superar el equivalente a tres veces el salario promedio mensual fijado en cada convenio colectivo de la actividad.

Además, se fijó:

  • Piso mínimo: 67% de la remuneración habitual.

  • Tope de reducción: no podrá superar el 33% si se aplica el límite del convenio.

También se dispuso que:

  • Grandes empresas podrán pagar indemnizaciones judiciales en hasta seis cuotas mensuales.

  • Pymes podrán extender ese plazo hasta 12 cuotas.

Las indemnizaciones judiciales se actualizarán por inflación más un adicional del 3% anual.

La ley también crea los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), financiados con aportes obligatorios:

  • 1% de contribuciones patronales para grandes empresas

  • 2,5% para pymes

Estos fondos estarán administrados mediante cuentas inembargables bajo control de la Comisión Nacional de Valores.

En cuanto a salarios, se incorpora el concepto de “salario dinámico”, que permite vincular parte de la remuneración al rendimiento o mérito individual dentro de los convenios colectivos.

Además, se establece que el pago salarial deberá realizarse exclusivamente por vía bancaria.

Vacaciones y jornada laboral

La norma mantiene la obligatoriedad de otorgar vacaciones entre el 1 de octubre y el 30 de abril, aunque permite su fraccionamiento, siempre que cada período no sea inferior a siete días corridos.

En relación con la jornada laboral, se habilita:

  • Extender la jornada diaria hasta 12 horas, bajo esquemas flexibles como bancos de horas.

  • Garantizar un descanso mínimo de 12 horas entre turnos.

También se incorpora la posibilidad de contratar trabajadores a tiempo parcial por debajo de la jornada legal completa.

 

Cambios en negociación colectiva y sindicatos

La reforma introduce modificaciones en el sistema de relaciones laborales y sindicales.

Entre ellas:

  • La cuota solidaria sindical seguirá descontándose, pero tendrá un tope del 2% del salario mensual.

  • Se dará prioridad a los acuerdos de empresa o regionales por sobre los convenios colectivos por rama.

  • Se limita la vigencia automática de convenios vencidos, conocida como “ultraactividad”.

Respecto al derecho de huelga, se establecen restricciones en servicios esenciales.

En esos sectores —como salud, distribución de agua potable, telecomunicaciones, aeronáutica comercial o control portuario— deberá garantizarse un 75% del personal en actividad.

En los servicios considerados de importancia trascendental, como transporte, medios de comunicación, industria alimenticia, construcción, siderurgia o minería, deberá mantenerse al menos el 50% de funcionamiento.

Además, las asambleas de trabajadores que afecten el funcionamiento de la empresa deberán contar con autorización previa del empleador.

Incentivos para formalizar empleo

La ley crea el Programa de Promoción del Empleo Registrado, que contempla un mecanismo de blanqueo laboral.

El esquema permitirá condonar hasta el 70% de las deudas por aportes y sanciones a los empleadores que regularicen trabajadores no registrados.

También se incorpora el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral, que reduce las contribuciones patronales al 8% anual.

El beneficio será mayor para empresas que contraten:

  • trabajadores no registrados antes del 10 de diciembre de 2025

  • ex monotributistas

  • ex empleados públicos

Incentivos para inversiones

La reforma incluye un régimen especial para inversiones medianas, destinado a proyectos productivos.

Las empresas que inviertan entre USD 150.000 y USD 9 millones podrán acceder a:

  • Amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias

  • Devolución anticipada del IVA

El régimen tendrá una vigencia de dos años y se aplicará a bienes muebles nuevos y obras productivas, con excepción de automóviles.

 

Cambios judiciales

La ley también apunta a reducir la litigiosidad laboral.

Entre las medidas se establece que:

  • Los acuerdos laborales homologados judicialmente tendrán fuerza de sentencia firme.

  • Los honorarios profesionales no podrán superar el 25% del monto reclamado.

Además, se prevé un traspaso progresivo de la Justicia Nacional del Trabajo hacia la órbita judicial de la Ciudad de Buenos Aires o del ámbito federal.