EL GOBIERNO NACIONAL FORMALIZÓ MEDIANTE EL BOLETÍN OFICIAL LA SUSPENSIÓN DE LAS EXPORTACIONES DE CARNE
La medida fue dispuesta por 30 días y se aclara que la suspensión “podrá darse por concluida una vez que se verifique el normal abastecimiento, a precios razonables y conforme los acuerdos alcanzados, de los productos indicados”.
El Gobierno Nacional oficializó este jueves la suspensión de las exportaciones de carne por los próximos 30 días. La decisión del Poder Ejecutivo fue ratificada hoy en el Boletín Oficial. A través de la Resolución 75/2021, el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca especificó la suspensión por un mes de “la aprobación de solicitudes de Declaración Jurada de Operaciones de Exportación de Carne (DJEC), en los términos de la Resolución Conjunta N° 3 del 19 de abril de 2021″ de la cartera dirigida por Luis Basterra, “respecto de los productos cárnicos, de origen bovino”.
El Gobierno se amparó en la Ley N° 22.415 que admite ciertas limitaciones a las exportaciones “cuando tengan por finalidad” -entre otros aspectos- “estabilizar los precios internos a niveles convenientes o mantener un volumen de oferta adecuado a las necesidades de abastecimiento del mercado interno y afirmar la soberanía nacional o defensa de las instituciones políticas del Estado”.
En ese sentido se planteó que ante “el actual avance del mercado exportador de carnes, sus precios han experimentado un alza sostenida, producto de la creciente demanda de dichos productos, principalmente por parte de los mercados asiáticos”.
“Esta situación ha generado que los precios internos acompañen los de exportación de la carne vacuna, en contexto donde el precio mundial de los alimentos ha aumentado significativamente”, se agregó, y que “aceptar” la fijación del precio internacional “para alimentos locales que constituyen productos básicos de la mesa de los argentinos”, implicaría “renunciar a los deberes básicos en materia de política económica”.
En la resolución publicada este jueves en el Boletín Oficial, el Ministerio de Agricultura continuó con su argumento afirmando que “existe una distorsión de precios que superan los índices generales de inflación en materia de alimentos y que impiden el normal abastecimiento de los consumidores y las consumidoras del mercado interno”. Sin dar precisiones hace referencia a los “índices de pobreza e indigencia” que contextualizan la crisis económica que atraviesa la Argentina.
Tras mencionar que a raíz de la situación epidemiológica el Gobierno tomó medidas que han tenido impacto en la actividad económica, pero a la vez resalta los “cuantiosos recursos del Estado” redireccionados a gastos médicos sanitarios y asistencia alimentaria de 10 millones de personas, asegura que el cierre de exportaciones de carne es una “medida razonable y proporcionada a las dificultades que presenta un mercado con severas distorsiones y una crítica situación social, que pueden frustrar el acceso de la población a un producto esencial para su alimentación”.
La medida fue dispuesta por 30 días y se aclara que la suspensión “podrá darse por concluida una vez que se verifique el normal abastecimiento, a precios razonables y conforme los acuerdos alcanzados, de los productos indicados”.
El artículo 2 de la resolución exceptúa a ”las mercaderías destinadas al consumo y que sean exportadas dentro de los contingentes arancelarios otorgados por terceros países a la Argentina amparados por certificados de autenticidad y/o exportación”.
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