DESDE HOY RIGEN LAS LEYES DE DONACIÓN DE PLASMA Y RECETAS ELECTRÓNICAS

DESDE HOY RIGEN LAS LEYES DE DONACIÓN DE PLASMA Y RECETAS ELECTRÓNICAS

Mediante dos decretos el primer mandatario argentino, Alberto Fernández, promulgó las dos leyes sancionadas por el Congreso el 23 de julio pasado. Las mismas fueron publicadas hoy en el Boletín Oficial. 

A través del Decreto 663 / 2020 el Presidente Alberto Fernández promulgó la Ley N°27.554, que tiene como objetivo "promover la donación voluntaria de sangre para la obtención de plasma de pacientes recuperados de Covid-19 para el tratamiento de los pacientes que lo requieran".

La norma declara de interés nacional la donación de plasma e impulsa la creación de una Campana Nacional para la donación de Plasma Sanguíneo de pacientes recuperados. 

También establece una licencia especial de dos días por cada donación efectuada para los donantes en relación de dependencia y busca garantizar el traslado de aquellos pacientes recuperados y aptos para donar que no tengan los medios para hacerlo. 

Además se crea un Registro Nacional de Pacientes Recuperados de Covid-19 donantes se plasma. 

Por otra parte, mediante el Decreto 664/ 2020 el líder del Ejecutivo Nacional, promulgó la Ley N°27.553 que establece que la prescripción y dispensación de medicamentos puedan ser redactadas y firmadas a través  de firmas manuscritas, electrónicas o digitales, en recetas electrónicas o digitales en todo el país. 

Esta ley regula la prescripción de medicamentos y estudios médicos a través de recetas electrónicas y sistemas de atención mediante plataformas digitales, permite la prescripción de medicamentos y órdenes de estudio de recetas electrónicas, que pueden ser redactadas y firmadas a través de plataformas de teleasistencias.

Cabe destacar que la misma legislación dispone que los medicamentos prescriptos en receta en formato electrónico o digital deberán ser dispensados en cualquier farmacia del territorio nacional, servicios de salud de establecimientos de salud y establecimientos del sector salud habilitados para tal fin, acorde a las disposiciones vigentes.